Sectores destinatarios de ayudas directas: cereales, oleaginosas, proteaginosas, leguminosas de grano, lino, cáñamo, arroz, frutos de cáscara, patatas para fécula, leche y productos lácteos, semillas, carne de ovino y caprino, carne de vacuno, aceite de oliva, gusanos de seda, forrajes desecados, lúpulo, remolacha azucarera, caña de azúcar y achicoria, frutas y hortalizas y árboles forestales de cultivo corto.
El PE fija un techo máximo de 300.000 euros al año por explotación de la PAC. En cuanto al "greening", se vincula el 30 por ciento de los fondos; y aboga por otorgar más libertad a los países miembros para determinar las hectáreas susceptibles de recibir apoyos. Se contemplan tres prácticas beneficiosas para el medio ambiente que se aplicarán de forma gradual:
- Rotación de cultivos. Exentos: Explotaciónes de menos de 10 Has. Cultivos permanentes como el olivar o frutales y cultivos acuáticos. Explotaciones de entre 10 y 30 has. podrán rotar dos cultivos y a partir de 30 tres cultivos.
- Pastos permanentes mantenidos. Los arbustos serán considerados como pastos permanentes, lo cual es importante para los agricultores españoles.
- Creación de áreas de interés ecológico. Incremento gradual que iría del 3% del primer año de aplicación hasta el 7% del 2017 que el que se estudiará si se incrementa el porcentaje, suponiendo un incremento de hasta el 5% para 2016.
Asimismo, pide la extensión hasta 2020, de las cuotas del azúcar; y hasta 2030 de los derechos de plantación de viñedo, aunque no modifica el plazo en el que expirarán las cuotas lecheras, en 2015. El parlamento europeo tambien defiende la obligación de utilizar un 2% por parte de los EE.MM de las ayudas para jóvenes agricultores y no hasta un dos como se venía proponiendo hasta ahora, en esta línea, el PE propone un 25% adicional para jóvenes agricultores para un máximo de 100 Has.
También decidirán si se aumenta el mecanismo de apoyo para que pequeños agricultores que reciban menos de 1.500 Euros sean incluidos automáticamente en un régimen de ayudas que puede suponer hasta el 15% del sobre nacional frente al 10% propuesto inicialmente por la Comisión Europea. Para ello, los pequeños agricultores deberán solicitar la inclusión en este régimen y percibirían un mínimo de 500 € y un máximo de 1.500 €.
Se aprueba una enmienda que concede más libertad a los países miembros para determinar la superficie elegible susceptible de percibir pagos contraria a la propuesta inicial de la CE que suponía incrementar la misma hasta el 90% para España, lo cual supone un problema. Además, se flexibiliza el plazo para la convergencia interna dentro de un estado o región, así pues, en lugar de la obligación de un valor unitario uniforme para 2019, se permiten desviaciones de hasta un 20% de la media, teniendo en cuenta que los pagos a partir de esa fecha, -para aquellos agricultores que los vean reducidos- no podrán ser inferiores a un 30% con respecto a los recibidos en 2014. En cuanto a la convergencia externa o la convergencia entre países se determina que ningún agricultor europeo perciba una cantidad inferior al 65% de las ayudas comunitarias, lo cual beneficia a los países del Este cuyos pagos son de menor cuantía.