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Normativa de pagos directos de la PAC 2012

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy el Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros sobre la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería a partir del 2012. El Real Decreto contempla la incorporación al pago único de la mayor parte de las ayudas, como consecuencia del desacoplamiento de las subvenciones a la producción.

El nuevo Real Decreto recoge la normativa vinculante derivada del Reglamento del Consejo de 2009, así como los acuerdos alcanzados en Conferencia sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural y ha sido consensuado con los responsables de las Comunidades Autónomas y las organizaciones profesionales sectoriales, así como una mejora significativa en cuanto a simplificación de trámites administrativos, teniendo los agricultores y ganaderos que presentar una única solicitud para todos los regímenes de ayuda que soliciten, incluido el régimen de pago único.

Los tres tipos de ayuda que los agricultores pueden solicitar entre el 1 de febrero y hasta el 30 de abril son:

1. Régimen de Pago Único que para 2012 incluye el desacoplamiento de:
a. La prima al arranque de viñedo del 2010.
b. La prima al cultivo de las proteaginosas.
c. La ayuda específica al arroz.
d. La ayuda por superficie a los frutos de cáscara.
e. La ayuda para la transformación de forrajes desecados.
f. La ayuda a las semillas y la prima por sacrificio establecida en el caso del ganado bovino.

2. Ayudas ligadas a la producción:
a. Ayuda específica al cultivo del algodón.
b. Ayuda a los productores de remolacha azucarera.
c. Ayuda nacional a los frutos de cáscara.
d. Prima por vaca nodriza.

3. Ayudas específicas del artículo 68 del Reglamento 73/2009.

4. Además, trece sectores, con seis programas para la actividad agrícola y siete para la ganadera, recibirán una ayuda específica de acuerdo con el artículo 68 del Reglamento del Consejo de 2009, que permite cierto margen de maniobra sobre la distribución de ayudas a cada país. Se trata de los siguientes:
a. Programa nacional para el fomento de rotaciones de cultivo en tierras de secano.
b. Programa nacional para el fomento de la calidad de las legumbres.
c. Programa nacional para el fomento de los frutos de cáscara.
d. Programa nacional para el fomento de la calidad del tabaco.
e. Programa nacional para el fomento de la calidad del algodón.
f. Programa nacional para el fomento de la calidad de la remolacha azucarera.
g. Ayuda para la mejora de la calidad de la carne de vacuno.
h. Ayudas para compensar las desventajas específicas de los agricultores que mantienen vacas nodrizas.
i. Ayudas para la mejora de la calidad de las producciones de ovino y caprino.
j. Ayudas para compensar las desventajas específicas del ovino.
k. Ayudas para compensar las desventajas específicas del caprino.
l. Ayudas para compensar las desventajas específicas del sector vacuno de leche.
m. Ayuda para la mejora de la calidad de la leche y los productos lácteos de vaca.

Los nuevos derechos provisionales derivados del acoplamiento, se asignarán y se comunicarán a los agricultores antes del 31 de enero, abriéndose un periodo de alegaciones para los mismos. Así mismo, es importante recordar que para el desacoplamiento de los cultivos, se hace necesario solicitar la admisión al Régimen de Pago Único en la solicitud de ayuda 2012. Contando España con un presupuesto de 5.200 millones de euros para este año.

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