(para no
perdernos).
Para que un productor
agrario sea considerado como agricultor activo tiene que cumplir estas condiciones:
1. Los ingresos de la
actividad agraria deben ser como mínimo de un cinco por ciento del total de
ingresos percibidos en el año o ejercicio fiscal anterior.
2. Efectuar una actividad
agraria sobre las tierras de carácter mínimo, dicho nivel de actividad será definido
por cada EE. MM.
3. También
aquellos agricultores que reciban menos de 5.000 euros en pagos directos el año
anterior pero que hayan solicitado por un mínimo de 100 y al menos una hectárea
tendrán la consideración de agricultores activos. Si bien, hay que tener en
cuenta que esta limitación será ajustada discrecionalmente por cada estado
miembro con lo cual puede variar, así por ejemplo en España se habla de un mínimo
de 300 euros y de una superficie de 2 hectáreas
hola, me gustaría saber que fecha tiene esta información y cual es su fuente, gracias
ResponderEliminarEstimada Inma, esta información es de la fecha de publicación, si bien, ha sido ratificada por el REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n° 637/2008 y (CE) n° 73/2009 del Consejo, del pasado diciembre, artículos 9 y 10. Prometo elaborar una entrada en mi blog que contenga un resumen de los citados artículos. Un saludo.
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